sábado, 26 de septiembre de 2009

“La criminalización es la mejor manera de no hacer nada”



Lo dice Roberto Falcone quien se desempeña como juez del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata e integrante del Comité Científico Asesor en materia de control de tráfico ilícito de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y criminalidad compleja.

Así lo sostuvo el juez integrante del Comité Asesor encargado de presentar un ante proyecto en miras a la reforma integral de la Ley de drogas.

El camarista federal de Mar del Plata, Roberto Falcone, habló con Diariojudicial.com tras el fallo “inobjetable” dictado por la Corte Suprema que despenalizó la tenencia de marihuana para consumo personal de adultos en el ámbito privado. El magistrado expresó su satisfacción ante la resolución del Alto Tribunal. Señaló que ayudó a dar un impulso para alcanzar esa reforma y detalló cómo será a partir de ahora el trabajo de los jueces y la práctica de la Policía. Advirtió que lo central del fallo fue exhortar al poder político a ocuparse del problema porque sostuvo que criminalizar es no ocuparse del tema. Adelantó que la reforma de la Ley podría estar antes de fin de año.

¿Qué opinión tiene del fallo de la Corte Suprema que despenalizó la tenencia de marihuana para consumo personal en el ámbito privado?

Es una sentencia inobjetable desde el punto de vista jurídico y constitucional, y obviamente penal porque marca el límite.
Y entre sus colegas ¿está dividida la opinión o es unánime?

No, no. En el ámbito federal y provincial, la mayoría de los jueces está completamente de acuerdo con el fallo de la Corte. Si usted ve como se regula esta cuestión en el exterior, en Europa (Alemania, Italia, España y Portugal) y en Latinoamérica (Brasil, Chile, Uruguay, Paraguay y México) da cuenta que no hay posibilidades de darle una interpretación diferente.

Algunos creen que la Corte se quedó a mitad de camino y no produjo un gran cambio en el tema ¿ud. está de acuerdo con esta sensación?

No, de ninguna manera. En primer lugar porque la marihuana es una sustancia ilegal, y lo mismo para las demás sustancias. El problema es la conducta de hacerlo en un ámbito privado que no puede trascenderse a terceros. La Corte ya dijo lo suficiente, que cuando lo que está en juego es la salud individual del adicto en un ámbito privado el derecho penal no tiene que intervenir, al contrario, cuando lo que está es un ámbito público es punible. No necesitaba avanzar más porque el uso de sustancias en público es punible. Igualmente, después se verá como vaya adecuándose el fallo. La Corte ya fijó el perímetro, los parámetros imprescindibles. Comparto plenamente que la Corte no se haya pronunciado acerca de cuál sería la cantidad de estupefacientes que se estima para un consumo personal, porque en los países que como Italia la han fijado en una tabla redactada por los Ministerios de Justicia y Sanidad, que fijan en 500 mgrs de principio activo para la marihuana (15 a 20 cigarrillos), 750 para la cocaína (1,6 grs de sustancia bruta), 250 para la heroína (hasta seis dosis) se han visto obligados a presentar proyectos para restituirle al juez la facultad de fijarla de acuerdo a las circunstancias de hecho. Ello así porque si el poseedor se pasa en una milésima, en esos países en el que no existe una figura residual como la tenencia ilícita de estupefacientes, el individuo debe ser condenado por tráfico, lo que aparece como desproporcionado e injusto.
¿Cree que va a haber un criterio más unificado en los tribunales inferiores?

Con seguridad. En nuestro tribunal veníamos declarando la atipicidad no la inconstitucionalidad y absolvíamos, y seguramente ahora vamos a avanzar y sí declarar la inconstitucionalidad.

¿No es contradictorio legalizar la tenencia de marihuana para consumo personal, y a la vez que esa sustancia sea ilegal?


Lo que dijo es que no es delito, como la marihuana es una droga ilegal, si la Policía hace un procedimiento en el que se tropieza con marihuana tiene la obligación de secuestrarla. Porque es una sustancia sometida a control estatal, es una sustancia cuya transmisión está prohibida por el ordenamiento jurídico. Lo único que dijo la Corte es que no es delito, pero eso no quiere decir que esté legalizada o se pueda llevar marihuana. Si por alguna cuestión, alguien es objeto de una requisa, y le secuestran marihuana tienen la obligación de incautar la sustancia y ponerla a disposición de un juez.

La Corte declara inconstitucional el artículo 14 bis de la Ley 23.737, pero sólo se refirió a la marihuana, mientras que esa ley no hace distinción de droga alguna. ¿qué le parece ese punto?
Las drogas ilegales están todas en la misma clasificación. La sentencia se refiere a la marihuana porque el caso es de posesión de dicha sustancia, pero eso vale para todas las drogas ilegales.

Entonces, ¿la Policía seguirá deteniendo a quienes tengan marihuana en su poder e igualmente sea para consumo?

No, creo que no los va a detener. Lo que ocurre muchas veces es que la Policía está haciendo controles de prevención general en operativos públicos y procede a la inspección de vehículos o de personas en actitudes sospechosas. Si se encuentran con marihuana tiene la obligación de labrar las actuaciones, de secuestrar dicha sustancia, e incluso más, como el fallo se refiere a un caso puntual y la Ley está vigente hasta tendría que ordenar la aprehensión del sospechoso y ponerlo a disposición del juez, pero no va a salir a perseguir a los consumidores.

¿A partir de este fallo se descomprimirá la tarea que tiene los juzgados?

Absolutamente. Va a descomprimir mucho los juzgados de primera instancia, de las fiscalías de la provincia de Buenos Aires. Y va a avanzar a luchar contra el tráfico. En la provincia de Buenos Aires en el tráfico menor, y en el orden federal en el tráfico mayorista.

Los jueces en general, y la Corte lo expresó en su fallo, requieren la necesaria intervención del Poder Político...

Es lo más valioso del fallo, la exhortación a que se adopten decisiones y programas en políticas públicas de salud, es la parte medular, porque la Corte hace eso luego de considerar al adicto como un enfermo, la víctima del tráfico de drogas. La Corte ha roto el binomio que desde 1930 por influencia de Ramos Mejía obligó a poner y tratar penalmente como si estuviera en la misma situación el traficante que el adicto.

¿Usted nota que en materia de consumo hay una carencia de trabajo por parte del Poder Político?


Absolutamente. Ahora lo que hay es un planteo de la cuestión pero hay que llevarlo a la práctica. Yo creo que la solución fácil que tiene el poder político es la de la criminalización, porque cuando uno criminaliza a una determinada conducta responde a los medios sociales con prontitud y eficacia, y le hace creer a la sociedad que se está ocupando del problema. Es la mejor manera de no hacer nada….que se ocupe la Policía. En cambio, en un problema de salud no se puede ocupar la Policía, nadie se hace operar por la Policía. Entonces lo que esto implica es que el Estado va a tener que tomar todas las medidas para que las personas que necesiten tratamiento lo tengan. A su vez, esto implica una responsabilidad de las obras sociales.
¿Cuáles son los próximos pasos del Comité Asesor convocado por el Gobierno Nacional?

Se han tomado una serie de medidas, se han suscripto una serie de documentos en los que se hace hincapié en una ley nacional de asistencia a las adicciones, en el control de precursores. Se ha presentado un programa con varios puntos a cumplir por parte del Poder Político, y en el que la Ley de drogas es el último de los segmentos. Va a haber un proyecto de Ley que se va a presentar de carácter asistencial, en el que las medidas de protección van a ser solicitados a los jueces civiles o de familia, en función de lo dispuesto por el artículo 482 del Código Civil.

¿Podemos esperar la reforma a la Ley de drogas en los próximos meses?

Por su puesto, porque esto tiene que ver con el aspecto asistencial, y yo le diría inclusive este año, porque los congresales tienen mandato y es un tema urgente. Hay consenso y hay diputados que no piensan como nosotros pero nos han expuesto la cuestión con mucha responsabilidad.
¿El fallo de la Corte influenció para apurar los pasos hacia esa futura reforma?

Decisivo. Es un fallo dictado por una de las cortes más prestigiosas desde la organización nacional, y además, por unanimidad. Fíjese si eso no debe interpretarse como un impulso o un aval.





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